AVERU fija posición sobre la controversia existente entre Venezuela y Guyana, sobre el Esequibo
COMUNICADO
Los Rectores de las Universidades Nacionales Públicas y Privadas de la República Bolivariana de Venezuela, que integramos AVERU, conscientes de que conforme a la legislación vigente las universidades son instituciones al servicio de la Nación y a ellas corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales, se dirigen al país a fin de expresar públicamente su posición en relación con el juicio pendiente ante la Corte Internacional de Justicia iniciado por la República Cooperativa de Guyana en contra de la República Bolivariana de Venezuela pidiendo que se declare la validez del Laudo de París
del 3 de octubre de 1899.
Fuente: Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU)
En tal sentido, hacen las siguientes consideraciones:
El caso actualmente pendiente ante la Corte Internacional de Justicia comprende la discusión de la validez o invalidez del Laudo de París de 1899 y la cuestión conexa del límite territorial terrestre entre los dos países. De esta forma es importante resaltar que el caso no comprende el territorio marítimo adyacente a los espacios terrestres en controversia.
Tampoco está en discusión el derecho de Venezuela a las áreas marinas y submarinas que le corresponden en la proyección de su fachada atlántica. Desde sus orígenes republicanos Venezuela ha afirmado que sus fronteras territoriales son las que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
Ha sido la postura históricamente reiterada de Venezuela que el referido Laudo de París de 1899 es nulo e írrito por las razones expresadas en los informes y estudios llevados a cabo por investigadores venezolanos. Por tal razón, la frontera terrestre oriental venezolana con Guyana no es la que arbitrariamente fue fijada en ese Laudo de 1899 y, en consecuencia, es necesario delimitar la dicha frontera terrestre.
La solución de la controversia existente entre Venezuela y Guyana debe ser resuelta
amistosamente, dentro del campo del derecho y la justicia, en forma que resulte aceptable para ambas partes, según el deseo que expresa el llamado Acuerdo de Ginebra de 1966, que es -precisamente- el tratado internacional vigente para resolver la controversia entre nuestros países.
Aun estando el caso pendiente ante la Corte Internacional de Justicia, y sin descuidar la defensa legítima de los derechos venezolanos sobre el territorio Esequibo, siempre será posible para las partes, siguiendo el propósito del Acuerdo de Ginebra, negociar la salida a la controversia territorial mediante soluciones satisfactorias para el arreglo práctico, completo y definitivo de las diferencias, para así asegurar la cooperación y mutuo entendimiento entre ellas, naciones vecinas llamadas a consolidar sus nexos y vínculos de vecindad para el bienestar de sus respectivos pueblos. Por tales razones,
ACUERDAN:
1. Contribuir, dentro del marco de sus atribuciones, deberes y responsabilidades legales, en todo lo necesario, desde la perspectiva académica, para la defensa de la plena soberanía venezolana sobre el territorio Esequibo, objeto de reclamación, y sobre las áreas marinas y submarinas que corresponden a nuestro país conforme al derecho internacional y que están fuera del objeto de la reclamación.
2. Exhortar a las autoridades nacionales a mantener, dentro de los principios de la paz y el derecho internacional, la defensa de los derechos e intereses de Venezuela sobre el territorio Esequibo, con especial dedicación y empeño, a fin de que se repare la injusticia histórica cometida con el Laudo de París del 3 de octubre de 1899.
3. Promover el derecho a la participación de los ciudadanos y en especial de los estudiantes universitarios a través de foros, debates, referendos, asambleas de ciudadanos y otros medios para la comprensión de la situación y la búsqueda de alternativas que logren una solución satisfactoria para ambas partes en el marco del espíritu del Acuerdo de Ginebra de 1966.
Ante las circunstancias presentes, queremos reafirmar nuestro compromiso con la verdad y la ciencia, consustancial a nuestra autonomía, del cual se desprende nuestra posición con respecto a la reclamación histórica venezolana.
Dado, a los quince días de noviembre de 2023.
Mario Bonucci Rossini, Universidad de Los Andes
Rita Elena Añez, Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre
Arturo Ernesto Peraza Célis S.J., Universidad Católica Andrés Bello
Víctor Rago Albujas, Universidad Central de Venezuela
Judith Aular de Duran, Universidad del Zulia
Jessy Divo de Romero, Universidad de Carabobo
Milena Bravo de Romero, Universidad de Oriente
Raúl López Sayago, Universidad Pedagógica Experimental Libertador
Edgar Alvarado, Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Raúl Casanova Ostos, Universidad Experimental del Táchira
María Isabel Guinand, Universidad Metropolitana
Guillermo Fariñas Contreras, Universidad Monteávila
Antonieta Rosales de Oxford, Universidad de Margarita
Juan Pedro Pereira Medina, Universidad Yacambú