Comunicado de Averu sobre designación de las nuevas autoridades de la USB, por parte del CNU

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La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU), se dirige al país y a la Comunidad Universitaria venezolana, con el fin de denunciar públicamente la arbitraria decisión del Consejo Nacional de Universidades (CNU) en sesión extraordinaria virtual de fecha 16 de septiembre de 2021, que designó al Rector y a los Vicerrectores Académico y Administrativo de la Universidad Simón Bolívar (USB), actuación que constituye una vía de hecho, toda vez que ese organismo no tiene competencia para remover y designar autoridades universitarias.

 

Fuente: Mario Bonucci, rector de la Universidad de los Andes


*COMUNICADO*
*INTERVENCIÓN DE LA ACADEMIA Y DEMOCRACIA UNIVERSITARIA*

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU), se dirige al país y a la Comunidad Universitaria venezolana, con el fin de denunciar públicamente la arbitraria decisión del Consejo Nacional de Universidades (CNU) en sesión extraordinaria virtual de fecha 16 de septiembre de 2021, que designó al Rector y a los Vicerrectores Académico y Administrativo de la Universidad Simón Bolívar (USB), actuación que constituye una vía de hecho, toda vez que ese organismo no tiene competencia para remover y designar autoridades universitarias.

La sesión convocada por el CNU tenía como punto de agenda la situación generada por el fallecimiento del Rector Enrique Planchart Rotundo, el 27 de julio de 2021, pero inexplicablemente en plena sesión se anunció que serían removidos los Vicerrectores y se designó a los nuevos titulares Vicerrectores Académico y Administrativo, cargos que no estaban vacantes, cabe señalar que las tres autoridades designadas fueron propuestas por el Ministro de Educación Universitaria, este atropello no tiene precedente en la institucionalidad democrática universitaria.

Esta designación de autoridades rectorales desconoce el mandato del artículo 10 de la Ley de Universidades, que establece que las universidades experimentales “gozarán de autonomía dentro de las condiciones especiales requeridas por la experimentación educativa”, en concordancia con el  Decreto del Ejecutivo Nacional N° 755, publicado en la Gaceta Oficial N° 35.756 del 18 de julio de 1995, que otorgó la Autonomía Académica, Organizativa, Patrimonial y Administrativa, a esta casa de estudio, por su destacada labor en la formación de los estudiantes, investigación, extensión y el desarrollo tecnológico, principio autonómico ratificado en el artículo 109 constitucional.

La autonomía universitaria como principio y jerarquía orienta la función rectora en la educación, cultura y ciencia, su desarrollo otorga competencia para planificar los programas de investigación, docencia y extensión, para dictar normas internas y la potestad administrativa para elegir sus autoridades.

La Asociación de Rectores Universitarios, expresa su rechazo ante la intervención del Consejo Nacional de Universidades, sin tomar en cuenta lo dispuesto en el Decreto 755 de fecha del 18 de julio de 1995, que establece la autonomía administrativa mediante la cual la comunidad universitaria de la Universidad Simón Bolívar, a través del Consejo Directivo escoge y designa sus autoridades, asunto que sólo les concierne a las instituciones de educación superior.

Exigimos al Consejo Nacional de Universidades se aboque conjuntamente con nuestras Casas de Estudios a la conducción responsable del desarrollo científico y humanístico de la Nación, y por ello le exhortamos a cumplir con sus funciones, conforme a la Constitución y a la Ley de Universidades, como único mecanismo para que la educación superior logre su misión en la docencia, investigación y extensión, para lo cual han sido creadas.

Expresamos nuestro apoyo y solidaridad a la comunidad de la Universidad Simón Bolívar, ya que esta medida intervencionista profundiza la crisis académica, presupuestaria, y humanitaria del personal docente, de nuestros estudiantes y demás trabajadores, e impide la búsqueda del conocimiento y reconstrucción del país, labor fundamental en la educación venezolana. En tal sentido esta Asociación se reserva el derecho de ejercer las acciones dirigidas a anular la actuación inconstitucional del Ministro de Educación Universidad.

Es manifiesta la ausencia del Rector Emérito Enrique Planchart Rotundo, docente insigne de una gestión rectoral   inquebrantable de defensa de los valores académicos y democráticos universitarios, de los derechos humanos, y excelencia académica, que distingue a su comunidad universitaria en la actividad científica y humanística.

En Caracas, a los veinte (20) días del mes de septiembre de 2021.

CECILIA GARCÍA-AROCHA MÁRQUEZ, UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

MARIO BONUCCI ROSSINI, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

JESSY DIVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE CARABOBO

MILENA BRAVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE ORIENTE

JUDITH AULAR DE DURÁN, UNIVERSIDAD DEL ZULIA

FRANCISCO JOSÉ VIRTUOSO ARRIETA, UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO

RAÚL LOPEZ SAYAGO, UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR

RITA ELENA AÑEZ, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE

EDGAR ALVARADO UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

ANTONIETA ROSALES DE OXFORD, UNIVERSIDAD DE MARGARITA

JUAN PEDRO PEREIRA MEDINA, UNIVERIDAD YACAMBU

RAUL CASANOVA OSTOS, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA

FRANCISCO FEBRES-CORDERO CARRILLO, UNIVERSIDAD MONTEÁVILA.

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