Gremios de educadores aseguran que sin derechos laborales la educación pública no es sostenible.

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La destrucción de la contratación colectiva y la imposición de tablas salariales ha llevado a los docentes a una situación de pobreza extrema

 

 

 

Fuente: Prensa OVLIS


 

A los efectos de argumentar y hacer del conocimiento público la actual situación laboral y socioeconómica que padece el magisterio venezolano, el Observatorio Venezolano de Libertad Sindical (OVLIS) presentó este lunes, en rueda de prensa, un análisis detallado que recoge la realidad de las actuales condiciones laborales y salariales de los docentes del país.

 

 

 

 

En el encuentro sostenido de manera virtual con los medios de comunicación social, participaron, en calidad de voceras, las profesoras Jaqueline Richter, Directora General del Observatorio Venezolano de Libertad Sindical, Profesora Raquel Figueroa, representante del Colegio de Profesores de Venezuela y la profesora Keta Stephany, Secretaria de Actas de FAPUV.

La Directora General del Observatorio Venezolano de Libertad Sindical, profesora Jaqueline Richter, aseguró, entre otros aspectos, que los últimos cambios adoptados en la contratación colectiva de los trabajadores del Ministerio del Poder Popular de Educación violan el derecho del ejercicio de la libertad sindical

Libertad Sindical

“El Gobierno Nacional –refirió- ha afectado permanentemente la libertad sindical de los trabajadores y de las organizaciones sindicales del sector, al invitar a los nuevos ingresos a afiliarse a los sindicatos de tendencia oficialista y al promover a las organizaciones sindicales que apoyan los lineamientos gubernamentales, violando el Convenio Nº 87 OIT sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación y el Convenio Nº 98 OIT sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, según los cuales los sindicatos tienen el derecho de organizar sus actividades y formular su programa de acción, sin la intervención de las autoridades y del patrono. En particular, conviene recordar que el CI 98 garantiza el derecho a la negociación colectiva libre y voluntaria”.

“Es tan evidente la injerencia del Gobierno Nacional en las actividades sindicales del gremio, que en la actualidad, de 18 Federaciones de trabajadores del MPPE, 10 son afines al Gobierno, que en los últimos años se ha dedicado a promover la constitución de organizaciones sindicales paralelas y asegurarse de que solo sus organizaciones pueden celebrar convenciones colectivas. Al no reconocerse la representación de las organizaciones independientes, se les impide plantear el conflicto; en consecuencia, los trabajadores no pueden ejercer el derecho de huelga en los términos previstos en la legislación vigente”.

De 1984 a 2021

“Desde la firma de su primera contratación colectiva a nivel nacional, en 1984, los docentes al servicio del Ministerio de Educación lograron beneficios contenidos en siete contrataciones colectivas firmadas con el Gobierno Nacional, incluyendo varias contrataciones locales y regionales, en las cuales se regulaban las condiciones laborales de docentes activos, así como los jubilados y pensionados por incapacidad. En ellas, se les reconocía un tabulador conforme al cargo, categoría y jerarquía académica, de acuerdo con las evaluaciones de desempeño, primas por antigüedad, transporte, aspectos propios del ejercicio docente”.

Por su parte, la profesora Raquel Figueroa, representante del Colegio de Profesores de Venezuela expresó que “el magisterio venezolano está sumido en la peor crisis de toda su historia, debido a la desaparición del valor del salario y de la seguridad social, y a la desvalorización y malas condiciones del trabajo pedagógico”.

“Advirtió que “las diversas medidas económicas implementadas por el gobierno en los últimos dos años despojaron al magisterio de la tabla salarial de la segunda convención única, y pulverizaron completamente los salarios, llevando a los maestros a una situación de pobreza extrema.

El pasado 21 de julio se suscribió un acta convenio para prorrogar la segunda CCUU por 6 meses. En ella no se dio ningún aumento salarial sino que se adecuó que no compensa el perjuicio causado al magisterio por más 18 meses de secuestro del tabulador por ONAPRE que lo llevó por debajo de los demás sectores profesionales y desconoció el 280% de aumento que correspondía.

Además –continuó- “fusionaron cláusulas y se bonificaron beneficios salariales que fueron trasladados a la plataforma del sistema patria. A eso hay que agregar el colapso del IPASME que ha dejado sin seguridad social a todo el magisterio”.

Entre tanto, la profesora Keta Stephany, Secretaria de Actas de FAPUV, manifestó que “de la discusión de la IV CCU fueron excluida, las universidades que por su carácter autónomo deben participar como empleador. También fueron excluidos los legítimos representantes de los universitarios: FAPUV de los profesores, , FENASIPRUV, de los profesionales, FETRAESUV de los empleados, FENASOESV Y SINDICATOS NO FEDERADOS de los obreros”

“Esto desnuda –dijo- el verdadero carácter de este supuesto convenio: una farsa que viola el convenio 89 de la OIT de libertad sindical, el convenio 144 de la OIT, del diálogo tripartito y el convenio 98 de la OIT,del derecho a la negociación colectiva, así como, la Constitución, el DLOOT, y todos los acuerdos federativos y actas convenio de las universidades”.

“Nadie tiene el documento de la IV CCU. Es decir, ni las bases, ni los que participaron como invitados, ni nadie. Un supuesto contrato colectivo que es un misterio.

Lo único que se conoce de ese contrato son las tablas y unas instrucciones que mandó el ministerio a las universidades.

Y esas tablas revelan claramente la razón por la cual el gobierno viola la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva en el sector: para imponer la miseria. El salario más alto de la tabla, de profesor titular, es de $ 11 AL MES. En un país que te cobra $ 200 por un pasaporte.

En conclusión: se viola la libertad sindical y los convenios internacionales por los cuales el gobierno hoy está en el banquillo de los acusados en la OIT, y se viola la constitución, las leyes y la normativa universitaria para liquidar los derechos laborales de los universitarios.

Sin derechos laborales la educación pública no es sostenible, no es posible.

Por eso LA JUNTA DIRECTIVA de FAPUV, en reunión el 24 de julio con autoridades universitarias, otros gremios universitarios, y diversas organizaciones de la sociedad civil propuso y se acordó la constitución de una alianza en defensa de la socieda del conocimiento en Venezuela para preservar: la investigación, la educación en todos sus niveles y la libertad de información, la prensa libre, sin la cual es imposible la difusión del conocimiento, advirtió.

El Observatorio Venezolano de Libertad Sindical, también entregó a los periodistas un documento en el cual manifiesta que “En 2016, por iniciativa del Gobierno Nacional se inició la discusión de un contrato colectivo que incluía a todos los trabajadores del sector educativo. El 26 de marzo de ese año, se anunció la firma de la Primera Convención Colectiva de los Trabajadores del Poder Popular para la Educación, que amparaba a 726.834 trabajadores del sector educativo entre docentes, personal administrativo y obrero. El 10 de abril de 2018, se firmó la Segunda CCU 2018-2020, que benefició a más de 1 millón 300 mil educadores contratados y fijos”.

Las organizaciones sindicales de los distintos sectores de trabajadores lograron incorporar sus beneficios en dichas convenciones colectivas únicas y unitarias, pero con la reconversión de agosto de 2018 todos los beneficios se pulverizaron y los trabajadores quedaron con salarios de hambre pues el Ejecutivo Nacional impuso una tabla salarial única para la administración pública, desconociendo los tabuladores salariales establecidos en los contratos colectivos de cada institución.

En abril de 2019, se publicó en Gaceta Oficial Nro. 6.452 Extraordinaria, la escala general de sueldos para los funcionarios de la Administración Pública que se aplicó unilateralmente al sector magisterial, equiparando a los docentes a un técnico superior, sin tomar en cuenta que son profesores o licenciados en educación y sin considerar todas las primas con carácter remunerativo a que tienen derecho. Esta situación se repitió en octubre de 2019, en enero 2020, en mayo de 2020 y en noviembre de 2020.

Por este motivo, los trabajadores han mantenido actividades de calle para exigir aumentos salariales. Los docentes pasaron a cobrar $ 10 en el 2020 y $3 en el 2021, situación que ha llevado al gremio a entrar en conflicto con el Ministerio de Educación al considerar injusto el hecho de haber perdido 91,66 % de sus ingresos en menos de 6 años.

El 1º de mayo de 2021 el Ejecutivo Nacional fijó el salario mínimo para todos los trabajadores de los sectores públicos y privado en Bs. 7.000.000,00., y el bono de alimentación en Bs. 3.000.000,00. Mientras, según el tabulador de los funcionarios públicos el salario básico de un Docente I, es de Bs. 13.720.000,00 y el de Docente VI, con más de 21 años de servicio y título de postgrado, nivel VI, es de Bs. 14.560.000,00.

Este salario no satisface las necesidades básicas de los educadores que tampoco se cubren con los bonos de protección social que el gobierno paga a través de la plataforma Patria. Se trata, además, de bonos no salariales, de carácter no remunerativo, como expresamente se reconoce en el Decreto Nº 4.193 de fecha 27 de abril de 2020. Por otra parte, no son otorgados por el patrono sino arbitrariamente por el Ejecutivo Nacional, el cual los puede eliminar sin dar explicaciones a nadie, pues no son producto de la negociación entre patrono y organizaciones sindicales.

El beneficio de alimentación sí es seguro, regular, para todos los trabajadores de los sectores público y privado, pagado en la cuenta nómina del trabajador, pero no reviste carácter salarial por lo que no puede ser tomado en cuenta para el cálculo de las prestaciones sociales y demás beneficios derivados del contrato de trabajo.

Si se suman todos los conceptos antes mencionados, a partir del primero de mayo de 2021, el ingreso del Docente I, es de Bs. 43.480.000,00, US$ 14,36 y del Docente VI, Bs. 44.320.000,00, US$ 12,66. Evidentemente, no es un ingreso justo ni suficiente tomando como ejemplo una familia con 4 integrantes, con 2 hijos estudiantes.

Seguridad Social

La Convención Colectiva Nacional de los trabajadores de la educación del MPPE del 18 de octubre de 2013, acordada para el período 2013 – 2015, establecía en su cláusula Nº 28, garantías del sistema de salud para los docentes a través del IPAS-ME. Con relación a la protección para hospitalización, cirugía y maternidad (HCM), de acuerdo con la cláusula Nº 30 se implementó el Plan de Autogestión de Salud y Previsión, para los trabajadores activos, jubilados y pensionados, con cobertura para los titulares y afiliados.

No obstante, en la Primera CCU 2016-2018 se modificó el contenido de la cláusula y se convino en migrar los fondos del Plan de Autogestión de Salud y Previsión, para los trabajadores activos, jubilados y pensionados a un fondo autoadministrado de apoyo social y salud

El análisis presentado por ambas organizaciones concluye que “Se implementó el Sistema Integral de Salud (SISME) para brindar atención médica y funeraria trabajadores del MPPE, extensivo a cónyuge, madre, padre e hijos(as) cuyo monto actual es irrisorio, de modo que, en la práctica, actualmente los docentes no cuentan con la protección de un HCM ni de seguro funerario, y se desconoce el destino de los fondos”.

 

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